Traslada tu CTS

Entrega la solicitud al responsable de Recursos Humanos de tu empresa junto con la copia de tu DNI

Acércate a nuestros Centros de Tarjeta para culminar el proceso con las firmas correspondientes
Preguntas frecuentes CTS
Resolvemos tus preguntas
De acuerdo a la Ley N° 30334, vigente a partir del 25 de Junio del 2015, los trabajadores podrán disponer libremente del 100% del excedente de cuatro remuneraciones brutas depositadas en una cuenta CTS.
Las fórmulas de cálculo serán las siguientes:
La compensación por tiempo de servicios (CTS), es un beneficio social que por ley les corresponde a todos los trabajadores dependientes, el cual puedes utilizar en caso de cese en el empleo.
Las empresas tienen como plazo realizar los abonos hasta el día 15 de los meses de Mayo y Noviembre.
Podrás retirar el importe que corresponda al 100% del excedente de 4 remuneraciones brutas, que se encuentren depositadas en la cuenta CTS; tomando en consideración el monto de la última remuneración antes del abono correspondiente a los meses de mayo y noviembre.
Para retirar el saldo disponible de tu cuenta CTS, primero confirma el importe que puedes retirar, llamando a nuestra Central Telefónica, al 610-7900 en Lima y al 0801-00420 en provincia. Luego, acércate a nuestra Agencia Principal o a los Centros de Tarjetas ubicados en Wong y Metro.
Debes solicitar la cancelación de tu cuenta CTS, es indispensable que presentes la Carta de Cese firmada por el responsable del área de Recursos Humanos y/o representante legal de la empresa donde dejaste de trabajar.
Retiro de fondos en efectivo.
Se debe de presentar los siguientes documentos en la Agencia Principal o Centros de Tarjeta.
• Carta dirigida a Caja Rural de Ahorro y Crédito Cencosud Scotia Perú S.A. solicitando el cierre de la cuenta. La carta deberá estar firmada por todos los herederos (firmas legalizadas).
• Copia del acta notarial de la Sucesión Intestada o del Testamento.
• Copia literal de la inscripción en registro públicos de la Sucesión Intestada o del Testamento (Max. 30 días de antigüedad).
• Acta de Defunción legalizada.
• Copia del Documento de Identidad vigente de los herederos mayores de 18 años.
• Partida de Nacimiento original de los herederos menores de 18 años (Max. 30 días de antigüedad).
• Copia del Documento de Identidad vigente de los herederos menores de 18 años.
• Voucher donde se confirme la titularidad de la cuenta de ahorros de cada uno de los herederos.
1. El empleador puede realizar el abono semestral de CTS en:
- – Carta de instrucción original, firmada por el representante legal de la empresa.
- – Plantilla de Apertura y Depósito CTS . Para registros mayores a 10 colaboradores, es imprescindible presentar el archivo excel en un medio electrónico (disco o usb). La información indicada en el archivo es responsabilidad absoluta del empleador, en caso la información recibida presente inconsistencias, se detendrá el proceso de atención.
– Voucher de depósito (constancia de abono) realizado a nuestras cuentas corrientes.
2. También lo podrá presentar mediante correo electrónico al buzón [email protected] adjuntando los documentos detalladas a continuación:
- – Carta de instrucción digitalizada y archivo excel de la Plantilla de Apertura y Depósito CTS. La información indicada en el archivo es responsabilidad absoluta del empleador, en caso la información recibida presente inconsistencias, se detendrá el proceso de atención.
- – Presentar el sustento de la transferencia realizada a nuestra cuenta corriente.
Recuerde que la suma de los abonos a las cuentas CTS de sus empleados pueden ser efectuados a través de:
a) Efectivo.
b) Cheque no negociable girado a nombre de Caja Rural de Ahorro y Crédito Cencosud Scotia Perú S.A.; no válido para empresas ubicadas en provincia.
c) Un depósito realizado a nuestras cuentas corrientes. La fecha del voucher depósito debe estar dentro del mes de abono (mayo o noviembre), en caso de presentar un voucher que corresponda a otro mes se considerará la fecha de presentación de los documentos del abono semestral.
d) Transferencia realizada a nuestra cuenta corriente. Se recomienda realizar una transferencia en nuestras cuentas corrientes en caso su depósito en efectivo exceda los S/ 30,000
Cuentas Corrientes |
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Entidad |
Nº de cuenta en Soles |
Nº CCI en Soles |
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Scotiabank | 000 – 2693674 | 009 – 170 – 000002693674 – 20 |
BBVA | 0011 – 0708 – 01 – 00001542 | 011 – 708 – 000100001542 – 58 |
BCP | 193 – 2219681 – 0 – 19 | 002 – 193 – 002219681019 – 10 |
Así es, está cubierto por el Fondo de Seguro de Depósitos, el cual varía trimestralmente, el monto de cobertura actual lo puedes visualizar www.fsd.org.pe.